Transporte de artículos restringidos

Dependiendo de tu ruta de viaje, los artículos restringidos deberán declararse llamando a tu centro de contacto regional antes del viaje, sin excepción, y de nuevo en el momento de la facturación. Por lo general, con 24 horas de antelación basta; sin embargo, los pasajeros que deseen transportar artículos restringidos entre Hoek van Holland y Harwich deben avisar con al menos 72 horas de antelación. Consulta el horario de apertura del centro de atención al cliente de tu región.

 

¿Puedo llevar más combustible?

No. De acuerdo con las normas de seguridad, no se pueden transportar recipientes de combustible de repuesto en vehículos privados.

 

¿Puedo viajar con gas?

En virtud de la legislación internacional y del Reino Unido, los pasajeros que deseen transportar gases en botellas (contenedores de presión o gas) deberán cumplir las siguientes disposiciones que la Empresa está obligada a aplicar de acuerdo con las normativas adecuadas. Puede haber otros gases que no estén específicamente enumerados aquí y que la Empresa pueda transportar, sobre los que nuestro Departamento de carga puede proporcionar asesoramiento. La responsabilidad de verificar si las sustancias o artículos que se transportan necesitan ser declarados en todo momento sigue siendo del cliente; Stena Line no puede aceptar ninguna responsabilidad por retraso o negativa a aceptar dichos artículos para el envío si no se han cumplido las normativas o condiciones legales o se nos ha notificado previamente en el momento de la reserva.

 

Los gases propano y butano solo para uso privado (por ej.: para acampada) pueden transportarse en botellas de hasta un total de 47 kg (sin incluir el peso del receptáculo de gas).

 

Los gases de buceo (incluido el aire) para uso personal pueden transportarse en vehículos privados utilizados para transportar pasajeros y su equipo de buceo personal de acuerdo con las siguientes condiciones: (i) las botellas de gas transportadas deben ser para uso personal del pasajero. (ii) El número máximo de botellas transportadas por vehículo debe ser seis, de tamaño “F” o menor (es decir, hasta 60 litros de capacidad total de agua), y deben contener o AIRE COMPRIMIDO (UN1002), OXÍGENO COMPRIMIDO (UN1072) o GAS COMPRIMIDO COMBURENTE, N.E.P., (oxígeno, óxido nitroso) (UN3156) (generalmente tiene el nombre comercial “Entenox”) (iii) Todas las botellas deben asegurarse dentro del vehículo para evitar el movimiento. (iv) Otros productos peligrosos (incluidos los gases y los líquidos inflamables) no deben transportarse en el mismo vehículo que estos gases de “uso para bucear” bajo ninguna circunstancia.

 

Oxígeno médico para uso personal transportado en vehículos privados (utilizado para transportar personas enfermas o con discapacidad). Los vehículos pueden transportar hasta seis botellas de tamaño “F” o inferior (es decir, hasta 60 litros de capacidad total de agua) que contengan oxígeno comprimido UN 1072, siempre que el paciente tenga una carta de un médico que indique que necesita oxígeno médico.

 

El gas de calibración que no es tóxico y se utiliza únicamente para fines de calibración puede transportarse siempre que la capacidad total de agua de los receptáculos de presión (botellas) o de los receptáculos pequeños que contienen gas (cartuchos de gas) no supere los 50 litros.

 

Está permitido el transporte de gases no inflamables (clase 2.2) si se transportan a una presión inferior a 200 kPa a 20 ºC y no son gas licuado o refrigerado licuado. Ten en cuenta que el tamaño F tiene una capacidad de 9,4 litros de agua y unas dimensiones aproximadas de 930 mm × 140 mm.

 

Ten en cuenta que los requisitos de transporte se aplican por igual a las botellas nominalmente vacías, ya que las normativas internacionales consideran los receptáculos de presión “vacíos” (botellas) como mercancías peligrosas a menos que se purguen y cuando así lo confirme un certificado que acompañe a la botella. Excepto cuando se utilice en aplicaciones médicas, el suministro de gas siempre debe cerrarse en las botellas transportadas para los fines mencionados anteriormente; todas las botellas deben estar aseguradas adecuadamente contra el movimiento del barco y alejadas de fuentes de ignición y calor. Nos reservamos el derecho de verificar si una botella está vacía o solicitar un certificado como prueba de limpieza/purga si las botellas se transportan y se nos declaran “vacías”. Todos los artículos indicados anteriormente deben declararse a la Empresa llamando a nuestro centro de contacto al menos 24 horas antes de la fecha y hora de salida, y de nuevo en la cabina/mostrador de facturación a su llegada al puerto. No se permite el transporte de gas acetileno en ningún momento ni bajo ninguna circunstancia.

 

¿Puedo viajar en ferry con armas de fuego y/o munición?

Las armas de fuego, las armas deportivas y las municiones solo se transportarán de acuerdo con la estricta política de la empresa, que tiene en cuenta todas las normativas legales y/o legislativas aplicables a nuestras rutas en el momento del viaje. Las armas de fuego, las armas deportivas y las municiones deben declararse a la Empresa en el momento de la reserva llamando a nuestro centro de contacto. Dependiendo de los artículos transportados, es posible que tengas que viajar con un billete de carga. Dado que la legislación puede cambiar, nos reservamos el derecho de modificar nuestros términos y condiciones de transporte en consecuencia con poca antelación. 

 

Se puede transportar un máximo de 1000 cartuchos de UN clase 1.4 en un vehículo privado sin documentación, siempre que estén en el embalaje original del fabricante. Las cantidades que superen esta cantidad, o que no sean de clase 1.4, deberán declararse y transportarse de acuerdo con las disposiciones completas del Código IMDG; y solo si el “Documento de Cumplimiento de Mercancías Peligrosas” de los barcos permite dicho transporte. El transporte de munición en cantidades superiores a 1000 cartuchos que solo podrían transportarse acompañadas por una declaración de Mercancías Peligrosas deberá indicarse a nuestro Departamento de carga, que reservará y emitirá el billete pertinente (y esto también dependerá de la embarcación/ruta solicitada, y si está autorizado para hacerlo de acuerdo con la certificación legal de la embarcación). Estas consultas deben remitirse a nuestro departamento de Reservas de Carga.

 

Es obligatorio que cualquier arma de fuego esté siempre respaldada por la emisión de una licencia que sea apropiada para el país de salida y/o destino, que debe estar disponible para su inspección si se solicita. Cuando un vehículo que transporta armas de fuego llega al puerto, se notificará a nuestro gerente de turno y al departamento de seguridad portuaria y luego se implementarán procedimientos documentados localmente para garantizar que se realicen las siguientes acciones, según corresponda: 

 

Las armas de fuego, las armas deportivas y la munición permanecerán en el vehículo durante toda la travesía, siempre que:

a) Las armas de fuego, las armas deportivas y la munición estén fuera de la vista y aseguradas en una caja con cerradura adecuada en el maletero del vehículo.

b) El oficial de estiba o su adjunto designado haya confirmado que todas las puertas del vehículo están cerradas con llave.

c) Los pasajeros del vehículo permanezcan bajo una estrecha supervisión hasta que hayan abandonado la cubierta para vehículos.

 

Cuando el barco llegue a su destino, el procedimiento se llevará a cabo a la inversa de acuerdo con los procedimientos documentados locales en ese puerto.

 

Es responsabilidad del pasajero contar con toda la información necesaria sobre las armas, números de serie, licencias de caza y permisos de armas, según corresponda. 

 

Pasajeros a pie

El transporte de armas de fuego, armas deportivas, munición, espadas, cuchillos, armas de filo y sustancias peligrosas por parte de pasajeros a pie está prohibido en todo momento. Si lo necesitas, puedes obtener más información del gerente de turno en el puerto de salida. 

 

¿Puedo viajar con mercancías peligrosas?

No está permitido viajar con mercancías peligrosas, armas de fuego o municiones sin nuestro permiso previo. La persona responsable del vehículo deberá cumplir siempre la normativa vigente en el momento de la reserva y del viaje y, en su caso, presentar, previa solicitud, las declaraciones o licencias pertinentes. Las Mercancías Peligrosas para el Transporte Marítimo, reguladas en el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), incluyen sustancias o artículos clasificados e identificados en las siguientes categorías:

  • Sustancias o artículos explosivos (clase 1)
  • Gases (inflamables, no inflamables, tóxicos – clase 2.1, 2.2 o 2.3)
  • Líquidos inflamables (clase 3) 
  • Sólidos inflamables (clase 4.1, 4.2 o 4.3)
  • Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos (clase 5.1 o 5.2)
  • Sustancias tóxicas e infecciosas (clase 6.1 o 6.2) 
  • Material radiactivo (clase 7)
  • Sustancias corrosivas (clase 8) 
  • Sustancias y artículos peligrosos varios (clase 9)
  • Contaminantes marinos (según las normativas MARPOL)

Es poco práctico enumerar específicamente artículos clasificados como mercancías peligrosas, ya que se trata de una lista no exhaustiva. La responsabilidad de verificar si las sustancias o artículos que se transportan necesitan ser declarados en todo momento sigue siendo del cliente; Stena Line no puede aceptar ninguna responsabilidad por el retraso o la negativa a aceptar dichos artículos para su envío si no se cumplen las normativas o condiciones legales. 

 

¿Puedo transportar carne de cerdo o productos de cerdo a Gran Bretaña desde la UE o la AELC?

 

A partir del 1 de septiembre de 2022, es ilegal llevar carne de cerdo o productos de cerdo de más de 2 kg a Gran Bretaña desde la UE y los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), salvo si estos productos tienen la marca sanitaria de la UE o están envasados comercialmente como “de origen europeo”. Esto no se aplica a las importaciones comerciales, que no se ven afectadas por esta medida.